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DERECHOS DE AUTOR EN LA WEB

  • Foto del escritor: Selena Tapia
    Selena Tapia
  • 2 jul 2020
  • 4 Min. de lectura

Selena Tapia 02 Junio2020

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semROSH.com

Gracias a la revolución de la imprenta el ser humano se permitió entrar en contacto con la cultura universal impresa, cualquier obra comenzó a ser adquirida mediante librerías y bibliotecas, sin embargo para que algún libro llegara a nuestras manos, era necesaria la participación del editor, quien por supuesto tenía la obligación de respetar las regulaciones del derecho de autor, y los acuerdos y contratos establecidos entre autor y editor, aunque no podemos negar que la posibilidad de reproducir la obra de manera ilegal, fuera de las regulaciones de la ley del derecho de autor siempre ha existido.

Gracias al avanzado surgimiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación el impacto en el comportamiento global de la sociedad, en cuanto a sus actitudes, aptitudes, valores y participación social es evidente ya que provocan conflictos no solo morales sino también legales. El uso abierto de la información es una demanda muy fuerte ya que los usuarios se han permitido adquirir innumerables posibilidades de ofrecer y recuperar e incluso robar y lucrar con la información que hay en Internet.

Mediante el siguiente ensayo introduciré conceptos básicos sobre los Derechos del Autor (copyright), prestando especial atención a la vulnerabilidad que presentan obras y recursos publicados en el entorno Web debido al plagio y el conocido Copy Paste.

Los derechos de autor son un conjunto de prerrogativas legales que fungen como un protector de los derechos del autor (protege la representación de tu idea) Esto para que la creación, la originalidad y la representación de las ideas de cualquier persona está asegurada, judicialmente, bajo la ley patrimonial del trabajo intelectual.

El Autor es el a quien definimos como el titular del Derecho de Autor quien es el responsable de la creación del recurso Web (artículo, animación, sonido, canción, tesis, teoría etc…). Tan solo por el hecho de ser el dueño de dicha creación, elaboración o composición el que nos confiere la propiedad intelectual sobre el recurso.

Ver, escuchar, o leer la creación de dicho autor NO SUPONE QUE es obligatoria o necesaria la inscripción en ningún tipo de registro ni oficina para disfrutar el derecho de apreciar la obra. Aunque si existen ciertas formalidades, NO OBLIGATORIAS por supuesto, pueden ayudarnos frente a usos ilícitos de nuestros recursos.

PROPIEDAD INTELECTUAL

“Propiedad intelectual” se refiere al derecho de pertenencia sobre una creación.

Si eres creador o autor de alguna obra y quieres el crédito y el derecho por ello necesitas un conjunto de principios legales regulatorios que avalen que eres propietario de dicha obra. La propiedad intelectual se divide en dos:

  1. Derechos de autor: Relativos a las obras literarias, musicales, artísticas, fotográficas y audiovisuales.

  2. Propiedad industrial: Invenciones, marcas registradas, modelos industriales, dibujos, denominaciones de origen, entre otros.

Como el actor intelectual tu adquieres el derecho a la protección de la obra, a la no alteración sin autorización, el crédito por la idea y representación de ella y absolutamente a la remuneración por el uso de su obra.

Los derechos de Autor se avalan por el Tratado de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual sobre los Derechos del Autor, que establece al autor como único creador y dueño de la obra.

La ley de Derecho de autor establece específicamente que cualquiera que se la obra “expresada por cualquier medio o fijada en cualquier soporte tangible o intangible conocido o inventado en el futuro” está protegida por ley.

PROBLEMAS PARA LA LEGISLACIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET

​Cualquier violación de los derechos del autor y de los contenidos publicados en la WEB tiene como consecuencia las mismas sanciones impuestas a las obras publicadas cualquiera de los diferentes medios existentes.

Debes ser consiente y tener mucho cuidado al compartir algún contenido que encuentres en la web debido a que compartir obras de cualquier tipo sin autorización o sin dar los créditos necesarios es un DELITO de derechos de autor, que lleva por consecuencia un procedimiento legal. El  uso no autorizado o prohibido de obras cubiertas por las leyes de derechos de autor es catalogado como una infracción de derechos de autor, infracción de copyright o violación de copyright. 

​En el caso de la WEB es muy sencillo cruzar la línea de lo ilegal en lo que refiere a los derechos de autor, algunos de los ejemplos son:

• Usar una foto, un retrato, o alguna pintura sin la autorización del autor o sin darle crédito.

• Alterar el material/obra/pintura/artículo es decir editarlo para que parezca propio

• Subir un video a las redes sociales con música de fondo

Las leyes no aseguran la completa protección de los derechos y éstos son problemas a los que se enfrenta:

• La ley no protege tu idea, protege la expresión de ella.

• El aprovechamiento industrial o comercial de las ideas contenidas en las obras;

El uso del contenido de las obras para hacer parodias o sátiras

• Libertad de expresión Consecuencias del COPYPASTE

La consecuencia mas obvia y definitoria del copypaste es que debido a las nuevas facilidades de encontrar información de cualquier tipo en la red las nuevas generaciones se conforman con solo reproducir información establecida y ya no crea.

El copy paste es PLAGIO y tiene grandes consecuencias, en el caso de una tesis o un trabajo de investigación las sanciones pueden llegar a ser tales como la pérdida de tu título y la invalidación de tus estudios. Poner en riesgo nuestro intelecto, nuestra capacidad de pensar y e incluso nuestra credibilidad académica y profesional. 

Y en casos aún más graves un individuo declarado oficialmente culpable de plagio podría ir a prisión con una condena de entre dos y cinco años, el plagio te cierra las puertas laborales y crediticias.       

Soria, E. (2012, mayo 31). Mosaic | Derechos de autor y el territorio digital: problemas de encaje. Recuperado 2 de junio de 2020, de https://mosaic.uoc.edu/2012/05/31/derechos-de-autor-y-el-territorio-digital- problemas-de-encaje/

 Instituto Nacional del Derecho de Autor. (s. f.). Recuperado 2 de junio de 2020, de http://www.indautor.gob.mx/preguntas-frecuentes- generales.php#:%7E:text=El%20derecho%20de%20autor%20es,de%20car%C3% A1cter%20personal%20y%20patrimonial.      

​H. (2019, agosto 5). Derechos de autor en Internet: ¿Qué dice la ley y cómo te protege? Recuperado 2 de junio de 2020, de https://blog.hotmart.com/es/derechos-de-autor-en- internet/#:%7E:text=Seg%C3%BAn%20la%20normativa%20local%20cada,futuro %E2%80%9D%20est%C3%A1%20protegida%20por%20ley.

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